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Today: Sep 10, 2010

Por Medardo Drago León

La Personería Distrital de Barranquilla, mediante oficio del 17 de agosto de 2010 firmado por el Personero Delegado Eliecer Ruiz Trejos, requirió a la Secretaría de Educación de Barranquilla, producir los retiros forzosos de los maestros que cumplieron los 65 años y a la vez hacer efectivo el nombramiento de los docentes elegibles que siguen en el orden del listado.

En dicho oficio, la Personería Distrital, solicita a Jennifer Campbell Escorcia, jefe de la Oficina de Gestión Administrativa Docente de la Secretaría de Educación Distrital de Barranquilla, dar cumplimiento al acta del 6 de julio de 2010 suscrita, entre otros, por la Secretaría de Educación Distrital, Lucía Ruiz y la Personera Distrital, Lourdes Insignares. Dicha acta, precisa que los retiros forzosos se producirían de inmediato, al igual que los nombramientos de los docentes elegibles en las vacantes que se produjeran.

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Por Medardo Drago León

Para los próximos días, quienes solicitaron reconocimiento de obligaciones pensiónales a Cajanal y le asignaron un turno en el listado  mediante la Resolución  No 401 de 2010, publicada en El Tiempo el pasado 8 de agosto, podrán acercarse a Buenfuturo a firmar su resolución; asì lo dio a conocer el agente liquidador de Cajanal, Jairo Cortes Arias.

Con el cronograma impuesto por el Agente Liquidador se evacuaran 40 mil 240 solicitudes, entre derechos de petición y fallos que buscan el reconocimiento de derechos pensiónales, represados desde el año 2006 hasta el 25 de junio de 2009.

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El Ministerio de educación Nacional  mediante oficio enviado, el pasado 2 de julio, a la Federación Colombiana de Educadores (FECODE), con relación a los docentes del Decreto 1278/02,  expresó que “el reconocimiento porcentual adicional  en manera alguna fue objeto de concertación entre el Ministerio y Fecode, tal como se puede constatar de la lectura del acta final del  23 de mayo  de 2009, la cual se adelanto conforme a las pautas del Decreto 535 de 2009.  Por tal razón no es dable suponer alcances diferentes a los asuntos tratados  en su oportunidad, según la normatividad vigente, para cobijar la expedición de nuevas regulaciones  salariales  a partir de acuerdos que no han sido suscritos.  Los estudios que realizaron  tanto el Ministerio como Fecode  sobre la variación  de los salarios en los últimos  años, fueron  sometidos a las instancias competentes en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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Alcances e interpretación de la Resolución 2318 de 2010 de la Comisión Nacional del Servicio Civil

Por Ray Plá*

Desde su inicio, con la aplicación de la prueba eliminatoria el 5 de julio de 2009, el concurso docente ha estado bajo el control de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), lo que involucra el proceso de elección, clasificación, ubicación, posesión y nombramiento en período de prueba de los docentes aspirantes a cargos vacantes con presupuesto nacional del Sistema General de Participaciones (SGP). Sólo después del mes de febrero del año en curso, cuando la CNSC publica las listas, las entidades territoriales toman parte del control sobre el concurso docente y ejecutan los procedimientos dictaminados por la CNSC delegando las funciones administrativas a las mismas.

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La Federación Colombiana de Educadores, Fecode, clausuró el II Encuentro Nacional de Docentes del 1278. El evento realizado en Bogotá contó con la participación de los docentes nombrados por concurso de méritos de las filiales sindicales de todo el país.

El tema principal fue sobre el borrador del proyecto para el Estatuto Único Docente. Se realizaron mesas de trabajos para revisar posibles errores y/o inconsistencias. En medio del encuentro también se brindó información de gran interés para los docentes del 1278, las cuales enumeramos:

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